El Gobierno prepara una ley que autorizaría a la intervención de aplicaciones de mensajería en casos de extrema necesidad, como emergencias
29 septiembre, 2020

El nuevo Anteproyecto de Ley de Telecomunicaciones incluye una normativa que autorizaría al Estado a intervenir los distintos servicios que operan a través de internet, como WhatsApp, Gmail, y el resto de plataformas online que utilizamos en nuestro día a día. Por supuesto, este permiso no aplicaría a cualquier caso, sino que se limitaría a aquellos casos de emergencia real, y con la finalidad de enviar alertas a los ciudadanos.

Las grandes empresas de telecomunicaciones españolas como Movistar o Vodafone ya tienen esta obligación desde hace varios años. Sin embargo, con este nuevo Anteproyecto (el cual se encuentra en una fase de audiencia pública hasta el día 13 de octubre), la idea es que las empresas que hay detrás de estos servicios de mensajería que operan a través de internet tengan que cumplir con la misma normativa.

Este período es el plazo que ha otorgado el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para realizar nuevas aportaciones sobre el articulado. Una vez concluido el mismo, el texto se someterá a los trámites parlamentarios, de manera que podrá ser modificado en varias ocasiones.

El artículo 4.6 del título 1 de este Anteproyecto de ley estipula lo siguiente: «El Gobierno, con carácter excepcional y transitorio, podrá acordar la asunción por la Administración General del Estado de la gestión directa o la intervención de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas en determinados supuestos excepcionales que puedan afectar al orden público, la seguridad pública y la seguridad nacional».

No obstante, no es la primera vez que vemos algo similar a lo expuesto en este artículo. De hecho, se podría decir que una parte importante de este proyecto de ley no es más que una réplica exacta del Real Decreto-ley del 14/2019 aprobado el año pasado, el cual tenía como objetivo modificar la Ley General de Telecomunicaciones de 2014.

La gran diferencia entre ambos queda expuesta en el siguiente artículo:

«Esta facultad sólo se podrá ejercitar respecto a los proveedores de servicios de comunicación interpersonales independientes de la numeración cuando tengan asignada la obligación de transmitir alertas públicas en caso de grandes catástrofes o emergencias inminentes en curso». Este matiz es el que lo cambia todo, y es que es el que implicaría que, teóricamente, el Gobierno tendría permiso para intervenir aplicaciones o servicios de mensajería como WhatsApp, Facebook, Gmail, Instagram o TikTok (siempre y cuando se trate de una situación de emergencia).

Sin embargo, aunque esta ley terminara aprobándose, eso no sería suficiente para que el Gobierno pudiese intervenir aplicaciones como WhatsApp. Para lograr esto, el BEREC (el organismo europeo que regula las comunicaciones electrónicas) tendría que aceptarlo y establecer una serie de criterios y de parámetros, de manera que haya garantías de que este sistema de alertas fuese seguro y efectivo.

Por su parte, el Gobierno ya ha aclarado que, de aprobarse esta ley, el envío de alertas se emplearía solo en casos de extrema urgencia. Por ejemplo, si se hubiese dado una catástrofe natural, y la información aportada en esa alerta pudiera salvar las vidas de varios ciudadanos.

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